Se dictó resolución mediante la cual se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por fijación de obligación alimentaria, intentara la ciudadana ANY MARBELLA CONTRERAS, en representación legal de su hijo, la niña SE OMITE LA IDENTIFICACION, en contra del ciudadano JUAN ALBERTO DA SILVA RODRIGUEZ. En consecuencia, se fija como OBLIGACION ALIMENTARIA, mensual la cantidad de (0,19) salarios mínimos urbano, lo que equivale a la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 100.000,oo), tomando como base el salario mínimo urbano mensual establecido por el Ejecutivo Nacional