Por fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Decimoprimero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato interpuesta por los ciudadanos RITA BARLETTA DE REALI y SALVADOR REALI LOMBARDO contra la ciudadana OMAIRA COROMOTO BURGOS DE BRITO, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la demandada a entregar a la parte actora, sin plazo alguno, totalmente desocupado de personas y bienes el inmueble constituido por al apartamento No 11, ubicado en el Piso 3, del Edificio Residencias Coralito, situado en la Avenida José Antonio Páez, Urbanización El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.