este Tribunal Cuadragésimo Segundo (42º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano ANGELY CAROLINA LINARES CASANOVA y la sociedad mercantil HONDA DE VENEZUELA C.A. en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa Juzgada. Así se decide