(...) DECLARA: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, incoado por la sociedad mercantil HOTEL JOLLY C.A, sociedad mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas e inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha ocho (08) de diciembre de 1976, bajo el N° 4, Tomo 146-A., en contra del Acto Administrativo contenido en la decisión N° 626-11 de fecha treinta (30) de noviembre de 2011, tramitada por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador, sede Norte, con ocasión al procedimiento de Reenganche y Pago de Salarios Caídos que incoara la ciudadana YUBIESKA MARIA MARTINEZ, en contra de la sociedad mercantil HOTEL JOLLY C.A.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
De acuerdo a lo dispuesto en la norma del 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copi.....