PRIMERO: Sin lugar la apelación de la parte demandada, contra el fallo del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de este mismo Circuito Judicial, de fecha 09 de febrero de 2011. SEGUNDO: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por AMADO GREGORIO VIVAS SARRIA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.001.784, por reclamación de prestaciones sociales y otros beneficios derivados de la prestación de servicios; contra la firma mercantil, de este domicilio CONSULBANK, C.A. inscrita por ante el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 16 de marzo de 1998, bajo el N° 14, tomo 3-A-VII. TERCERO: Se condena a la demandada a pagar al actor, los conceptos de: antigüedad y sus intereses, vacaciones, bonos vacacionales, utilidades, todos en el periodo que va desde el 15-11-07 al 15-1-10, los montos correspondientes serán establecidos por experto contable, cuyos honorarios serán .....