Con fuerza en los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: la INTERDICCION PROVISIONAL de la ciudadana ANDREINA ELENA HERNÁNDEZ MAGALLANES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-6.911.796; en consecuencia, se designa como TUTORA INTERINA, a la ciudadana OFELIA MERCEDES MAGALLANES DE HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-2.105.619 madre de la entredicha.