se dio cumplimiento a los términos planteados en el acuerdo logrado en fase de mediación y solicitada la homologación de la referida transacción, se revisaron sus términos, encontrándose que presenta una relación circunstanciada de los hechos y del derecho contenido en ella, cumpliendo con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 9 y 10 de su Reglamento, que se logró libre de apremio y coacción, que no vulnera los derechos del ciudadano Jhon Carlos Bolaño Marchena, parte accionante en el presente asunto, se Homologa con fuerza de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 1.713 y 1.718 del Código Civil.