Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado HUGO LUIS DAM SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 13.761, actuando como Apoderado Judicial de la parte Actora, mediante diligencia de fecha 28 de abril de 2014, este Tribunal a los fines de dar por consumado el desistimiento, observa: que el desistimiento del procedimiento formulado por el Abogado HUGO LUIS DAM SUAREZ, actúa como Apoderado Judicial del ciudadano RAMON DEL ROSARIO UNDA OSTOS, titular de la cédula de identidad Nº V.- 2.572.338, según poder autenticado por la Notaria Pública Quinta del Municipio Autónomo Chacao del Distrito Capital y Estado Miranda de fecha 07 de abril de 2011, se puede evidenciar claramente que el abogado diligenciante que hoy desiste del procedimiento, tiene facultad expresamente conferida por su mandante para realizar en su nombre, este tipo de actuaciones judiciales, por lo cual, el requisito subjetivo de procedencia del desistimiento se encuentra debidamente cumplido en este ca.....