DISPOSITIVA
En fuerza de lo antes expuesto, éste Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que por DESALOJO siguen las ciudadanas AURORA CASTRO IGLESIAS, MARIA DEL CARMEN CALVO DE ABEIJON y MARGARITA SEGARRA DE CASTRO contra el ciudadano ERNESTO GAVIERES MORILLO.- ASI SE DECIDE.-
Se imponen las costas a la parte demandante, a tenor de lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.- Así se decide
Déjese copias certificadas de la presente decisión, a tener de lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Por haberse publicado la presente decisión fuera del lapso se ordena la notificación de las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
REGISTRESE, PUBLÍQUESE Y NOTIFÍQUESE.-
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