Vista y analizadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, así como el convenimiento celebrado en fecha 09 de Junio de 2005, por una parte, por el apoderado judicial de la parte actora abogado Andres Moreno Orozco, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 18.895, tal y como se evidencia del poder cursante a los folios 22 al 25, del presente expediente, suscrito en fecha 24/03/2004, por ante la Notaría Pública Decima Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, y por la otra, la abogada Soraya margarita Rodríguez Armas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 27.451, quien actúa con el carácter de apoderada de las partes demandadas ciudadanos, Rafael Eduardo Rodríguez Armas y María Fernando Jiménez Arango; representación que se evidencia de documento poder suscrito en fecha 10/07/2003 por ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Libertador del Distrito Capital; éste Tribunal luego de haber verificado los instrumentos poderes, comprueba que l.....