Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación de la parte actora contra la sentencia del JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, de fecha cinco (5) de abril del año dos mil once (2.011). SEGUNDO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de Suspensión de Efectos del acto impugnado de nulidad, presentada por la sociedad mercantil GENERAL MILLS DE VENEZUELA, C.A. en el procedimiento de nulidad interpuesto contra la Providencia Administrativa N° 00710-10, de fecha 09 de diciembre de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: Se confirma el fallo apelado. CUARTO: Dada la natu.....