Por todas las consideraciones anteriores, este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nº 11 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, DECLARA SIN LUGAR la presente demanda de Revisión De Régimen De Convivencia Familiar, presentada por la ciudadana JOLYMAR VICTORIA SALAS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.625.446, asistida de abogada, progenitora del niño XXXXXXXXXX, de tres (3) años de edad, contra el ciudadano ALFREDO RAMÓN TERÁN TERÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.709.175.
En consecuencia, este Despacho Judicial insta a ambos progenitores el mantenimiento de un canal de comunicación que permita el cabal cumplimiento del Régimen de convivencia previamente establecido, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 387 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adole.....