Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la demanda por DESALOJO interpuesta por la ciudadana IBELISE ROJAS contra el ciudadano RAUL SANTIAGO HERMIDA MIGLIARNI, por la comprobada necesidad de la arrendadora y propietaria de ocupar el inmueble, en consecuencia:
PRIMERO: Se condena al demandado, a entregar completamente libre de personas y bienes el apartamento No 233, ubicado en el Piso 23 de la Torre B del Conjunto Residencial El Naranjal, ubicado en Las Minas de Baruta, Municipio Baruta, Estado Miranda.
SEGUNDO: Por haber resultado totalmente vencida la demandada, se condena en costas de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: De conformidad con el artículo 34, Parágrafo Primero de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, se concede al demandado un plazo im.....