Este Juzgado vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada . Se deja constancia que se hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes, para lo cual se les insta a presentar las copias simples respectivas.
LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
KELLY SIRIT
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA