Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Marítimo de Primera Instancia con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN de la instancia en el presente juicio por cobro de bolívares, incoado por la sociedad mercantil REVENSA REMOLQUES VENEZOLANOS, S.A., C.A., contra la sociedad mercantil CONAR CONSTRUCCIONES, C.A., y en consecuencia, se declara EXTINGUIDO EL JUICIO.