DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en contra de la decisión dictada en fecha 21 de junio de 2010, por el Juzgado Trigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial, con motivo de la demanda incoada por WINSTON CABRERA, en contra del INSTITUTO NACIONAL DE ESPACIOS ACUÁTICOS (INEA). SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada. TERCERO:. Por la naturaleza del ente demandada recurrente no se condena en costas de la presente decisión.
Se ordena notificar la presente decisión a la Procuraduría General de la República en base a las previsiones del artículo 97 de la LOGG.