Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela ordena levantar la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el bien inmueble, constituido por un apartamento distinguido con el numero y letras D-1planta baja, del Bloque N° 19, ubicado en la Urbanización Pedro Camejo, Jurisdicción de las Parroquias San José, Candelaria y El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital el cual, tiene una superficie aproximada de Cincuenta y Ocho metros cuadrados con treinta y cuatro metros cuadrados (54,34mts2), el cual, esta comprendido de los siguientes linderos y medidas: NORESTE: en diez y seis metros con veinte y cinco centímetros 816,25 mts) con la vereda N° 7, a que da su frente; SUROESTE: en dieciséis metros con veinte y cinco centímetros (16,25 mts) con terreno del Banco Obrero(hoy INAVI), que lo se.....