Oídas las partes, la ciudadana Juez procedió a dictar el presente pronunciamiento: Este Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: en presencia de las partes se acuerda conceder a la Fiscalía Sexagésima Sexta (66º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, un lapso de quince (15) días, contados a partir del día 01-02-2007, lapso que vencerá el día 15-02-2007, a los fines de que proceda a consignar el acto conclusivo que corresponda, de conformidad con lo dispuesto en el cuarto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que ha sustentado su solicitud con argumentos sólidos, toda vez que tratándose del delito de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en relación con lo establecid.....