ÚNICO: Se Declara la Nulidad del Libelo Acusatorio presentado por Yamileth Gamarra Sayago Fiscal Nonagésima Octavo de del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, por violación del derecho a la Defensa, establecido en el artículo 44 numeral 1 de la Carta Magna, en concordancia con el artículo 174 y 175 del Decreto Con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela 6.078 de fecha 15/06/2013, se repone la causa al estado que el Ministerio Público formule su acto conclusivo con prescindencia de los vicios que dieron origen a la presente Nulidad. Asociado a lo expuesto se ordena que recabe el informe Psicológico practicado a la víctima, el cual no reposa a los autos y es una prueba de la cual la Defensa esta en desconocimiento por cuanto no contamos físicamente con este informe pericial en las actuaciones, caso que no se haya practicado que se deje expresa constancia y se pla.....