DECISION
Por las razones antes señaladas, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°)de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se HOMOLOGA el pago recibido por la parte actora en la presente causa, de manos de la parte de la demandada y condenada, por el monto ampliamente identificados en la presente decisión el cual ascienden a un total general de NOVECIENTOS MIL SEISCIENTO SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y NUEVE CENTIMOS 89/100 (Bs. 900.669,89), más la cantidad de SIETE MIL OCHENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS 00/100 (Bs.7.080,00), por concepto de emolumentos cancelados a la referida experta contable designado en la presente causa, entregados por la demandada, a los fines de dar cumplimiento integro del monto condenado en el fallo proferido en la presente causa, fecha05-02-2014, por la sala de Cas.....