declara: PRIMERO.- Que los abogados RICARDO SAYEGH, MARÍA JOSEFINA PIOL y ENRIQUE SABAL, tienen derecho a cobrar honorarios profesionales de abogado a la sociedad mercantil INVERSIONES ANUARVE C.A., causados en el procedimiento de oferta real y subsiguiente depósito, del cual conoció el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo C.M.T. de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, iniciado por INVERSIONES ANUARVE C.A. contra MODAS LA GARZA C.A. Las actuaciones que confieren tal derecho, son las siguientes: 1) Diligencia del abogado ENRIQUE SABAL, de fecha 30 de Abril de 1998 por la cual se da por notificado en nombre de su representada de la sentencia dictada por el Tribunal en fecha 28 de Abril de 1998 y solicita se notifique a la parte oferente perdidosa. 2) Escrito de Observaciones a los Informes presentado por el abogado ENRIQUE SABAL en fecha 12 de Agosto de 1998. 3) Diligencia del abogado ENRIQUE SABAL de fecha 23 de febrero de 1999 por la cual se da por notif.....