Por los argumentos antes dicho, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada en contra sentencia de fecha 27/03/2014 emanada del Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA IMPUGNACIÓN de la experticia complementaria del fallo interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada en el presente juicio; por lo que la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL BAR RESTAURANTE EL MURO DE BERLÍN C.A. (NEW THE PLACE) SOCIEDAD MERCANTIL BAR RESTAURANTE EL MURO DE BERLÍN C.A. (NEW THE PLACE), deberá cancelar a la parte actora WILLIAMS EDUARDO ANGARITA ROJAS, la cantidad de BOLIVAR.....