Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y ESTADO MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por decaimiento de la acción, correspondiente a la demanda de MEDIDA DE PROTECCIÓN A LOS CULTIVOS, incoada por la defensora Lisbeth Arreaza, en representación del ciudadano MARTIN ENRIQUE FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.252.378, domiciliado en el Sector Merecure, Parroquia Caucagua, Municipio Acevedo del estado Miranda, y por consiguiente la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por pérdida del interés procesal del solicitante.
SEGUNDO: Por cuanto el presente fallo es publicado dentro del lapso legal que establece el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 186 de la Ley de Tierras y D.....