Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido el 15 de febrero de 2024, por la profesional del derecho MARÍA DEL PILAR MORON GONZALO, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandada, los ciudadanos PABLO LUÍS GONZALO RODRÍGUEZ y ANABELLA COROMOTO CHACÍN ALFARO, contra la sentencia dictada el 14 de febrero de 2024, por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por la representación judicial de la parte demandada, relativa a la del ordinal 11º de artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE .....