En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por solicitud de otorgamiento de jubilación incoada por el ciudadano GERALD MYERS contra la CAJA DE AHORROS Y PREVISIÓN SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA, identificados en autos, en consecuencia, este tribunal ordena a la demandada conceder el beneficio de jubilación al ciudadano GERALD MYERS sobre la base del cien por ciento (100%) de su salario básico, conforme a lo previsto en la cláusula 18, literal a) de la Convención Colectiva de los Trabajadores de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores de la Universidad Central de Venezuela (CAPASTUCV), el cual no podrá ser inferior al salario mínimo urban.....