Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: CONTRARIO A DERECHO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 31 de marzo de 2014, dictada por el Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia se anula el auto de fecha 08 de mayo de 2014, que oyó la apelación; todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano Jhon Esteban Navarro contra el ciudadano Luis Rafael Benavides Cisneros.