DECISION
Por las razones antes señaladas, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°)de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: En acatamiento al fallo proferido en la presente causa en fecha 20/02/2017, por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se cuantificaron los montos por concepto de intereses de moratorios sobre la prestación de antigüedad y sobre los demás conceptos condenados distintos a la prestación de antigüedad, así como la corrección monetaria sobre la prestación de antigüedad y sobre los demás conceptos condenados distintos a la prestación de antigüedad, debidamente condenados por dicho fallo, arrojando el siguiente monto: Bs.76.315, 63; 78.800,76; Bs. 355.436,03 y Bs.23.....