Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Conversión en Divorcio del estado de Separación legal de Cuerpos y Bienes de los ciudadanos JEAN GABRIEL DUCOURNAU DUBUC e ISABEL CRISTINA MORALES BASALO DE DUCOURNAU, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-6.554.470 y V-5.969.836, respectivamente, celebrado en fecha 18 de septiembre de 1987, por ante la Alcaldesa del Municipio Chacao del Distrito Sucre del Estado Miranda, según acta Nº 249, inserto en los Libros de Matrimonios llevados por el Registro Civil de la Alcaldía de Chacao, correspondiente al año 1987.
SEGUNDO: Líbrense sendos oficios de participación dirigidos al Registro Civil del Municipio Chacao del Distrito Capit.....