Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte actora en contra de la decisión de fecha 27/03/2009, por el Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas., en el juicio incoado por la ciudadana NEUCRATES NAVEA, contra el INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (ASOCIACIÓN CIVIL I.N.C.E. DISTRITO FEDERAL), ambas partes identificadas en los autos. No hay condenatoria en costas a la parte actora recurrente del presente recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.