En tal sentido y con base a la Jurisprudencia reiterada por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto a la solicitud de la representación judicial de la parte co-demandada en el sentido de que se aclare ciertos puntos de la sentencia antes referida, es por lo que esta Juzgadora procede en este a aclarar dichas omisiones de la siguiente manera:
Donde se colocó la identificación de la Parte demandada debe incluirse:
CO-DEMANDADO: MANUEL FERNANDEZ ESTEVEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Número 6.092.733.
APODERADOS JUDICIALES DEL CODEMANDADO MANUEL FERNANDEZ ESTEVES: HECTOR EDUARDO RIVAS NIETO, CARMEN ELISA RODRIGUEZ ADAMS y PATRICIO RICCI, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 11.784, 11.928 y 69.120, respectivamente.
Y en la Dispositiva debe decir y leerse:
PRIMERO: EL DECAIMIENTO Y EXTINCIÓN por abandono y falta de interés en la acción de NULIDAD DE TRANSACCIÓN incoada por.....