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En cuanto a la Prueba de Informes promovida en el Capítulo Cuarto del escrito de promoción de pruebas con la finalidad de oficiar a la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LA CIUDAD DE VALLE DE LA PASCUA DEL ESTADO GUÁRICO, este Tribunal niega su admisión, por cuanto la parte promovente dirige su prueba a la búsqueda de lo que no consta en los archivos, documentos y datos de la oficina requerida, haciéndose ilegal el medio propuesto. Se observa que la prueba está ofrecida para demostrar un hecho negativo e incumplimiento del patrono, por lo que se desvirtúa y se torna ilegal el medio en consecuencia, se ratifica la negativa de admisión del medio promovido. ASÍ SE DECIDE. (...)