En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de cumplimiento de contrato de compraventa incoada por la ciudadana MARTHA ROSA CISNEROS MENDOZA, en contra de la ciudadana RAMONA PIMENTEL PERDOMO, ambas bien identificadas en el encabezado de esta decisión. En consecuencia, se condena a la parte demandada a lo siguiente:
PRIMERO: Se ordena a la parte demandada cumplir con la obligación asumida en el contrato de compraventa, haciendo la tradición de la cosa vendida tal como lo establece el artículo 1.488 del Código Civil, otorgando la escritura traslativa de propiedad del inmueble objeto de aquel contrato, el cual se encuentra constituido por una (1).....