Por las razones expuestas, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se modifica el fallo apelado por consulta legal obligatoria dictada en fecha 23/04/2010, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada por cobro de prestaciones sociales, incoada por NESTOR JOSE SANCHEZ QUINTERO, en contra de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat, OFICINA TECNICA NACIONAL PARA LA REGULACION DE LA TENENCIA DE LA TIERRA URBANA (OTNRTTU). TERCERO: Se ordena a la demandada a pagar al actor: la antigüedad correspondiente desde el 15/01/2008 al 16/09/2008; intereses sobre la prestaciones sociales, vacaciones y bono vacacional fraccionados correspond.....