Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: "IMPROCEDENTE la falta de jurisdicción opuesta por la parte actora". SEGUNDO: "SIN LUGAR la demanda por Calificación de despido incoada por la ciudadana ASUNCION CORREA contra BANCO DEL TESORO,C.A. BANCO UNIVERSAL. TERCERO: No hay condenatoria en costas dado el salario devengado por la accionante.
PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. En Caracas, a los treinta (30) días del mes de julio de dos mil catorce (2014). Años 204º y 155°.
Se ordena.....