Sobre la base de lo anteriormente expuesto, este tribunal niega la admisión de la prueba de experticia, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto está promovida de forma condicionada y por cuanto los hechos, podrían ser traídos a través de otros medios de prueba. Así se establece.