ÚNICO: Se declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 02 de agosto de 2011, por el ciudadano JOSÉ JOEL GÓMEZ, Defensor Privado del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), en contra de la decisión dictada en fecha 26 de julio de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Ejecución de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, mediante la cual acuerda mantener la medida de Privación de Libertad a su defendido, en ocasión a la sentencia condenatoria, por no cumplir con el principio de impugnabilidad objetiva, de conformidad con el artículo 437, literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 613 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.