El Juzgado Décimo Quinto en función de Juicio del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al ciudadano DANIEL MECSA GALARRAGA RAMOS, titular de la cédula de identidad Nº V-14.935.516, de la imputación formulada por la Fiscalía Trigésima Tercera del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el único aparte del artículo 453 en concordancia con sus ordinales 1º y 4º del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.-