DISPOSITIVO
En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los Estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistida la apelación interpuesta mediante diligencia de fecha 9 de julio de 2.007, por el ciudadano Miguel Antonio Ledon Dominguez, en su carácter de abogado asistente de la parte querellante en la presente causa, vale decir, la ciudadana Flor Arana Ojeda.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda firme la sentencia proferida por la juzgadora a-quo, en fecha 2 de julio de 2.007.
TERCERO: Se hace del conocimiento de las partes que el texto íntegro de la presente sentencia, se publicó dentro del término legal establecido para ello, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 240 de la Ley.....