Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALEMTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano RUPERTO DE JESUS CORNIELLES BARRETO, contra el HOTEL TAMANACO. C.A., ambas partes plenamente identificadas.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada a pagar a la actora los conceptos determinados en la parte motiva del fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la parcialidad del presente fallo.