En base a lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÒN DEL CIRCUITO CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS; DECLARA LA EXTINCIÓN POR PRESCRIPCIÓN DE LA PENA DE PRISION a la que fue condenado el ciudadano KAMAR ALI MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.-6.183.418, en fecha 03 de junio de 2014, por el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; siendo ejecutada la sentencia por el Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 29 de julio de 2014; por aplicación del artículo 112.1 del Código Penal Venezolano.