Con fuerza en los fundamentos de hecho y de Derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentara el ciudadano FRANCISCO RAMOS, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° E-81.696.637; asistido en este proceso por el ciudadano RUBER ENRIQUE COLMENARES PINTO, Abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 73.451; contra el ciudadano EVEDEL JIMÉNEZ, mayor de edad, de este domicilio, quien se identificó como MEDEL JIMÉNEZ ZAPATEIRO titular de la cédula de identidad N° 23.067.224, sin representación judicial acreditado en autos; SEGUNDO: En consecuencia, se condena a la parte demandada a lo .....