Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la actora, contra la decisión dictada en fecha 17 de diciembre de 2007 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, que declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso debido a la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar de la misma fecha, con motivo de la demanda incoada por Eddy Hidalgo y José Castro en contra de la empresa Alfierri s.a.. SEGUNDO: Se confirma la sentencia apelada. TERCERO: Se exonera a la parte actora del pago de constas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.