se HOMOLOGÓ el desistimiento de dicho recurso en los mismos términos y condiciones indicada por la parte, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, así mismo se ordenó el cierre y archivo del nombrado recurso, y su envío a la Sala de Juicio Nº 9 de este Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial.-