V.- DECISION
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MARÍA ELENA ARENAS CALEJO, Defensora Pública Septuagésima Cuarta del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de Defensora del acusado LUIS ANTONIO OLIVA TOVAR, en contra de la Sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Doctora AURA GONZÁLEZ, en el Juicio Oral y Público realizado en fechas 02/02/06, 10/02/06, 15/02/06, 22/02/06 y 24/03/06, publicado su texto en fecha 31/03/06, mediante la cual CONDENÓ al mencionado acusado a cumplir la pena de cinco (05) años de presidio, por la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal vigente para la fecha.....