En consecuencia, se condena a la parte demandada sociedad mercantil O.P.S.A. OPERADORA PORTUARIA, S. A. a pagar a la actora la indexación ordenada en el fallo hasta la fecha en que quede definitivamente firme la sentencia, de la forma establecida en esta ampliación que forma parte de la decisión, así como también se condena al pago de los intereses del fideicomiso de garantía generados por la suma de cuatro mil ochocientos sesenta y un millones quinientos veintiséis mil bolívares (Bs. 4.861.526.000,00), ahora CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 4.861.526,00), a partir del día doce (12) de junio de 2006, fecha en que debían empezar a calcularse dichos intereses, -por ser la fecha de la firma del acuerdo transaccional-, hasta el día 01 de Diciembre de 2006, fecha esta última en la cual OPSA Operadora Portuaria S.A. realizó el retiro de dicho monto.
De igual manera, en la experticia complementaria del fallo para determinar la inde.....