En base a las consideraciones expuestas, este Juzgado Cuadragésimo Segundo (42) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo NIEGA la solicitud de medidas cautelares solicitada por el abogado JUAN BAUTISTA REYES HERNANDEZ, inscrito en el I.P.S.A, 103.506, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante en el presente procedimiento, ciudadanos BRAILY JAVIER RODRIGUEZ RIVERO, CARLOS ALBERTO SALCEDO VEGA, CARLOS EDUARDO BASTARDO GUZMAN, DONAFER GAVIDIA VALENCIA, HERNAN OLIMPIADES ARAUJO HERNANDEZ, PEDRO ANTONIO FRANCO SANCHEZ y ROBERT DANIEL CALDERON DIAZ, sobre bienes propiedad de las empresas demandadas COMPUTADORAS EL RECREO 2010, C.A, INTERCLONES CASANOVA, C.A, ESPACIO TECNOLOGICO CHACAO, C.A, INTERCLONE CHACAITO, C.A e INVERSIONES PC 9000, C.A. Y así se decide.