Se dictó resolución mediante la cual se declara CON LUGAR la revisión y el aumento de obligación de manutención, incoado por la ciudadana ARELIS DEL CARMEN VELASQUEZ OBREGON, a favor de la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, contra el ciudadano JOSE LUIS VELAZCO GONZALEZ. En consecuencia, el padre, ciudadano JOSE LUIS VELAZCO GONZALEZ, deberá aportar mensualmente la cantidad de 0,31 salarios mínimos urbanos vigente mensuales, es decir, DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES (Bs. 250,oo), tomando como base el Salario Mínimo fijado mediante decreto Presidencial N° 6.052, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.921, en fecha 30 de Abril de 2008, el cual equivale actualmente a la cantidad de SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 799,00), para coadyuvar con los gastos de alimentación y vestimenta de su hija.-