-IV-
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en Sede Constitucional declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la presente Acción de Amparo Constitucional incoada por la abogada LILIBETH RAMÍREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 81.838, Procuradora de Trabajadores de la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio" con sede en Guatire Estado Miranda, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano JHONATAN ANGARITA PADILLA, titular de la cédula de identidad Nº 14.636.278, contra la empresa "INDUSTRIAS JADE, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 25 de octubre de 1.982, anotado bajo el Nº 78, Tomo 133-A-Sgdo, específicamente en la persona del ciudadano AMBRAM CHOCRÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.586.64.....