DISPOSITIVA
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: IMPROCEDENTE la aclaratoria solicitada por el abogado Ramón Pereira Hernández, inscrito en el IPSA con el N° 9.372, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana IRABE ALTAHAIR GAMARRA GUZMÁN, de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 11 de Julio de 2017.