Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de disolución del Matrimonio Civil dictada el 23 de noviembre del 2016, por el Juzgado de Primera Instancia Vigésimo Tercero (23°) de Madrid, que declaró disuelto el Matrimonio Civil contraído por los ciudadanos CAROLINA BEATRIZ GONZÁLEZ HERNÁNDEZ y WALID DAGHER MARICHAL, titulares de las cédulas de identidad Nros. N° V-18.244.842 y Nº V-18.029.518., respectivamente.
No hay especial condenatoria en costas, dada la naturaleza de esta decisión.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tráns.....